| Código de la norma |
11-02-10 |
| Nombre de la norma |
RESOLUCIÓN de 27 de enero de 2010, de la Secretaría de Estado de Medio Rural y Agua, por la que se convocan ayudas para programas de información y promoción de productos agrícolas en terceros países. (BOE nº 40 de 15 de febrero de 2010). |
| Organismo |
Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino |
| Beneficiarios |
Podrán ser beneficiarias de las ayudas, las organizaciones profesionales e interprofesionales representativas del sector agroalimentario en España, que lleven a cabo programas de información y promoción en terceros países, según lo indicado en el artículo 6 del Reglamento (CE) num. 3/2008 del Consejo. |
| Cuantía de las ayudas |
El importe máximo total es de 500.000 €. |
| Plazo de presentación |
Las solicitudes podrán presentarse desde el 16 de febrero hasta el 31 de marzo de 2010. |
| Documentación a presentar |
a) Escritura de Constitución y/o Estatutos inscritos en el Registro Mercantil, y poder de representación del solicitante. b) Código de identificación fiscal (CIF). c) Pago del Impuesto de Actividades Económicas o exención, en su caso. d) Declaración responsable según anexo II. e) Las cuentas anuales de los tres últimos ejercicios financieros presentadas en el Registro Mercantil o en el registro oficial que corresponda y, en caso de haberse constituido recientemente, las cuentas de los socios más representativos. Las organizaciones no obligadas a presentar las cuentas en registros oficiales podrán aportar, como medio alternativo de acreditación, los libros de contabilidad debidamente legalizados. f) Descripción del personal con que cuenta la organización proponente, así como la cualificación profesional adecuada para desarrollar los trabajos encomendados en cada una de las fases y países correspondientes. g) Acreditación de conocer perfectamente, por parte de la organización proponente, la situación del mercado y distribución de los productos afectados en los países donde se desarrolle el programa. h) Si se presentan mensajes que hacen referencia a efectos en la salud, deberá presentarse la aprobación de los mismos por la autoridad nacional competente. i) Información sobre el organismo de ejecución, que se detalla en el punto 5 siguiente. j) Indicadores necesarios para evaluar la rentabilidad del programa en términos de coste/grupo destinatario, coste contacto anticipado, coste/cantidad o valor de la producción correspondiente, u otros indicadores convenientes. |
| Dirección Web del texto completo |
http://www.boe.es/boe/dias/2010/02/15/pdfs/BOE-A-2010-2484.pdf
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| Bases reguladores |
REGLAMENTO (CE) num. 3/2008 DEL CONSEJO de 17 de diciembre de 2007 sobre acciones de información y de promoción de los productos agrícolas en el mercado interior y en terceros países. (DOCEL nº 3 de 5 de enero de 2008). http://eur-lex.europa.eu/LexUriServ/LexUriServ.do?uri=CONSLEG:2008R0003:20090303:ES:PDF
CORRECCIÓN DE ERRORES del Reglamento (CE) num. 3/2008 del Consejo, de 17 de diciembre de 2007, sobre acciones de información y de promoción de los productos agrícolas en el mercado interior y en terceros países (DOCEL nº 3 de 5 de enero de 2008). (DOCEL nº 40 de 11 de febrero de 2009). http://eur-lex.europa.eu/LexUriServ/LexUriServ.do?uri=OJ:L:2009:040:0058:0059:ES:PDF
REGLAMENTO (CE) num. 501/2008 DE LA COMISIÓN de 5 de junio de 2008 por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) num. 3/2008 del Consejo sobre acciones de información y de promoción de los productos agrícolas en el mercado interior y en los mercados de terceros países. (DOCEL nº 147 de 6 de junio de 2008). http://eur-lex.europa.eu/LexUriServ/LexUriServ.do?uri=OJ:L:2008:147:0003:0034:ES:PDF |
| Gastos subvencionables |
No se establecen |